A dos días de la asamblea vecinal es buen momento para poner por escrito cómo va la movilización para frenar la Operación Obispado-Murias-Mutualia en cuanto a recursos presentados y temas legales. Esta Operación ha consistido hasta la fecha en la recalificación de la parcela y tiene planeado demoler el edificio de la Escuela de Magisterio BAM y construir uno nuevo que ocupe todo el solar para albergar la sede única del Obispado de Bilbao y una clínica privada de Mutualia, que sería construida por la empresa constructora Murias. Hemos explicado en diversas ocasiones nuestras múltiples razones para oponernos a este proyecto; puedes leer el resumen Urbanismo para el interés general.
Estamos a la espera de que se resuelvan los diferentes recursos presentados, que pasamos a explicar:
Recurso contencioso administrativo
En julio Ekologistak Martxan presentó un recurso contencioso administrativo contra el Estudio de Detalle presentado por el Obispado y aprobado por el Ayuntamiento, que define cómo será el futuro edificio del Obispado y Mutualia. De momento la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco lo ha admitido a trámite. Estamos a la espera de que el tribunal resuelva si se adoptan las medidas cautelares solicitadas, que impidan la aprobación de licencias en esa parcela (el Obispado ha solicitado ya la licencia de construcción de su nuevo edificio). Más información.
Recursos para detener la demolición
Cualquier propietario puede pedir autorización para demoler su propiedad, su aprobación no está ligada al posterior proyecto de construcción. En este caso el Obispado de Bilbao solicitó a primeros de julio autorización para demoler el edificio de la Escuela de Magisterio BAM, el antiguo colegio de Carmelitas. La autorización para tramitar la licencia de derribo no ha sido concedida ya que requiere de la autorización especial del órgano ambiental del Gobierno Vasco, dado que una parte del terreno está clasificado como potencialmente contaminado. Sin embargo, en agosto sí obtuvo la autorización pertinente para trasladar las dos palmeras centenarias existentes en el patio. Para frenar la demolición y el traslado de las palmeras estamos trabajando en dos vías:
Declaración de Bien Cultural. En julio, para impedir la destrucción del edificio y el patio, la Plataforma vecinal presentó al Departamento de Cultura del Gobierno Vasco, así como al Departamento de Cultura de la Diputación Foral de Bizkaia y al Ayuntamiento de Bilbao, una solicitud de incoación de expediente para la declaración de Bien Cultural al amparo de la Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco. El Departamento de Cultura del Gobierno Vasco contestó que no iba a protegerlo y recurrimos su resolución aportando nuevos datos. Estamos a la espera de que se resuelva recurso.
Si quieres ayudarnos con este tema puedes contribuir a la investigación colaborativa: buscamos testimonios de los bombardeos de 1936 y documentación gráfica del colegio de las Carmelitas. Más información.
Contra el traslado de las palmeras. Además de defender las palmeras como parte del patrimonio cultural, también hemos presentado un recurso de reposición contra la resolución que autoriza el traslado de las palmeras.
Por un lado, no se incluye la obligatoriedad de cumplir con el calendario para el trasplante propuesto por el propio informe técnico del Ayuntamiento para velar por su supervivencia: «En cuanto a la época de realizar los trasplantes, la experiencia ha demostrado que los meses más calurosos, una vez entrada la primavera y en pleno verano, es la época en que se dan los mejores resultados para el enraizamiento de una palmera recién trasplantada pues la tierra se encuentra con la temperatura suficiente y las palmeras tienen actividad«.
Por otro, se condiciona la autorización a una documentación que deben entregar una vez realizado el traslado. De hacerse caso a esta resolución el traslado autorizado a Construcciones Murias queda subordinado a una condición absolutamente ineficaz ya que no garantiza a la Administración que vayan a realizar la operación correctamente. ¿Qué ocurrirá si el traslado no se ha realizado en las condiciones debidas para asegurar la supervivencia de los ejemplares? Al amparo de lo previsto en el Art. 117.2 Ley 39/2015 hemos solicitado la suspensión cautelar de la autorización de traslado de las palmeras. Estamos a la espera de contestación. Más información.