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2025-12-22 Ayuntamiento multa por desobediencia al Obispado e impone nuevos plazos

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Este es el texto de la notificación:

Poner en conocimiento de ASOCIACIÓN VECINAL PLATAFORMA POR UN ABANDO HABITABLE Y SALUDABLE, la notificación de fecha 22 de diciembre de 2025 cursada a la persona titular del domicilio sito en c/ Barraincúa nº 2, cuyo contenido literal se indica a continuación:

“El Concejal Delegado del Área de Planificación Urbana. Proyectos Estratégicos y Espacio Público, haciendo uso de las atribuciones delegadas al mismo por la Alcaldía-Presidencia, en aplicación de la potestad prevista en el art. 124.5 de la Ley 7/85, de Bases de Régimen Local, delegación que se mantiene en vigor en el día de la fecha, a la vista del informe emitido por dicha Área, con fecha 22 de diciembre de 2025, ha dictado la siguiente resolución:

PRIMERO.- Imponer a IGLESIA CATOLICA-OBISPADO DE BILBAO, una multa coercitiva de 600 EUROS por desobediencia a la Resolución de fecha 8 de septiembre de 2025, en la que se le requería para que en el plazo de 3 MESES procediese a la restitución de la urbanización a su estado anterior, así como desobedecer parcialmente la resolución de fecha 10 de noviembre de 2025 por medio de la cual en el plazo de 15 DIAS debía reparar la barandilla caída entre la calle Heros y la calle Barraincua hasta la restitución de la urbanización a su estado original, así como aportar certificado final y liquidación de la parte de obra que ha sido ejecutada, todo ello de conformidad con el informe que antecede emitido por la Sección Jurídica de Control de Obras y del informe del servicio de inspección municipal de 16 de diciembre de 2025, de los cuales se le da traslado.

SEGUNDO.- Requerirle nuevamente al objeto de que en el plazo de 5 DIAS inicie la restitución de la urbanización ordenada y repare la citada barandilla con riesgo para la vía pública, restitución en la que se deberá eliminar los recrecidos provisionales, retirar las barandillas, reponer aceras, aparcamientos, pintados de líneas, etc.; así como llevar a cabo la sustitución del vallado perimetral actual de chapa metálica por un cierre de solar mediante fábrica de ladrillo, bloque o similar, con altura comprendida entre 2 y 3 m y un acabado que garantice su conservación en buen estado. Para dar mayor estabilidad a la acera podría ser necesario el extendido de tierras, las acopiadas en la obra, en las zonas perimetrales excavadas.

TERCERO.- Requerirle, asimismo, para que en el plazo máximo de 1 MES finalice la totalidad de obras encaminadas a la restitución de la urbanización, así como aporte la documentación final de obra de los trabajos que fueron llevadas a cabo.

CUARTO.- Advertirle, que el incumplimiento de lo requerido en los párrafos anteriores, conllevará la imposición de una nueva multa coercitiva de 600 EUROS, que se reiterará mensualmente sin necesidad de aprobación posterior en caso de persistir en la desobediencia, pudiendo ascender a un total de 6.000 EUROS, sin perjuicio de poder finalmente ser ejecutadas subsidiariamente por medios municipales y a costa de la interesada.

QUINTO.- Recordarle, asimismo, el deber de mantener asiduamente la parcela en las debidas condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro.

SEXTO.- Comunicar a la persona interesada que contra la presente resolución podrá interponer los recursos que se expresan al dorso de la notificación.

SÉPTIMO.- Remitir el expediente a la Sección de IAE, ICIO y TASAS para girar el recibo de la multa impuesta, una vez transcurrido el plazo de un mes sin la interposición del Recurso de Reposición.

OCTAVO.- Notificar la presente resolución junto con el informe jurídico que precede y del informe del servicio de inspección municipal de 16 de diciembre de 2025 a AA.VV. PLATAFORMA POR UN ABANDO HABITABLE Y SALUDABLE, en su condición de persona interesada.

NOVENO.- Notificar la presente resolución junto con el informe jurídico que precede y del informe del servicio de inspección municipal de 16 de diciembre de 2025 a ASOCIAC. DE PADRES Y MADRES DE ALUMNOS Y ALUMNAS DE CEP CERVANTES – CERVANTES ESKOLAKO GURASOAK, en su condición de persona interesada.”

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